La crisis del COVID-19 ha exigido no solo respuesta sanitaria, sino también jurídica y económica. Lo que ha repercutido sobre la contratación pública, exigiendo medidas singulares que deben acompañar al estado de alarma y que resultan, en estos momentos, necesarias y proporcionadas.
Su aplicación práctica servirá de test para determinar el acierto de las mismas y, en especial, para dar cobertura y seguridad jurídica a una situación excepcional difícilmente previsible. Y, también, para impulsar un cambio en la cultura organizativa pública.
Este trabajo, con motivo del webinar organizado por los Grupos de investigación Regulation aun Digital Innovation Research Group UV y Observatorio 155 (en el contexto de las actividades de la Cátedra Institucional Estrategia e Innovación en la compra pública en el sector Salud) pretende dar cuenta sobre las soluciones jurídicas adoptadas, cómo deben ser interpretadas en un contexto de excepcionalidad y de visión estratégica de la compra pública como escudo social y económico frente al COVID-19. La crisis sanitaria obliga a “flexibilizar” la contratación pública en aras a la mejor atención a los ciudadanos (aunque habría que reflexionar si se cumplieron los estándares adecuados de anticipación de aprovisionamiento) pero no, nunca, a sacrificar las exigencias de transparencia y de rendición de cuentas
Asimismo, desde la función de think tank que corresponde a la Universidad (frente a la inercia del fácil “don’ t think, thanks), pretende formular alguna reflexión de futuro. la experiencia de esta crisis en el modelo de compra públicas, en especial en el ámbito sanitario, obliga a repensar soluciones jurídicas que concilien los interesen públicos en juego, diseñando procedimientos eficaces y eficientes (que importante las nuevas tecnologías, como los modelos blockchain), que pongan el acento en la calidad de la prestación y que eviten una indebida deslocalización empresarial. Un ejemplo evidente es el de adquisición de medicamentos. Pero también de servicios sanitarios innovadores, que aconsejan nuevas fórmulas de colaboración pública-privada propia de las exigencias de un Estado garante (frente a la vieja concepción del Estado prestacional). Las exigencias de calidad en las prestaciones sanitarias aconseja abandonar modelos economicistas basados principalmente en el precio, para analizar las ventajas, en términos de valor, de distintas experiencias, como la del sistema de retribución vinculado, en el ámbito sanitario al criterio de Value-Based Health Care (medir correctamente las cosas correctas), que supone abandonar el pago por volumen o procedimiento (fee-for-service) por el modelo del “pago en salud por resultado conseguido”, que puede ayudar a conseguir una mejor calidad en prestaciones tan sensibles.