Durante el segundo semestre natural del año 2014 resultará de aplicación el 8,15 por 100 como tipo de interés de demora a aplicar a las operaciones comerciales.
Por Resolución de 27 de junio de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, se establece que durante el segundo semestre natural del año 2014 resultará de aplicación el 8,15 por 100 como tipo de interés de demora a aplicar a las operaciones comerciales.