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Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la contratación pública en UE
07/12/2023

El Tribunal de Cuentas Europeo acaba de publicar el informe especial 28/2023: «Contratación pública en la UE – La competencia en la adjudicación de contratos de obras, bienes o servicios ha disminuido en los diez años anteriores a 2021» utilizando datos abiertos disponibles relativos a la contratación pública en la UE en el período de diez años anterior a 2021.

Las conclusiones del Informe son:

Conclusiones y recomendaciones

108. En general, concluimos que el nivel de competencia en los contratos públicos de obras, bienes o servicios ha disminuido en los últimos diez años en el mercado único de la UE. Falta concienciación sobre la competencia como requisito previo para lograr una buena relación calidad-precio en la contratación pública. En lugar de hacer un uso sistemático de los datos disponibles para identificar las causas profundas de la limitación de la competencia, la Comisión y los Estados miembros han tomado medidas dispersas para reducir los obstáculos.

109. En 2021, los tres indicadores clave para medir la competencia en la contratación pública («sin licitación previa», «una única oferta» y «número de licitadores») seguían siendo insatisfactorios en la mayoría de los Estados miembros. Las adjudicaciones directas representaban alrededor del 16 % del total de los procedimientos de contratación pública en el mercado único (véanse los apartados 31 a 33).

110. Más del 40 % de las adjudicaciones se produjeron en procedimientos con una única oferta. Nuestro análisis de datos también muestra que la contratación con una única oferta en todos los Estados miembros de la Europa de los Veintisiete casi se duplicó entre 2011 y 2021, y que el número de licitadores por procedimiento se redujo casi a la mitad (véanse los apartados 35 y 36).

111. Las significativas diferencias entre Estados miembros y entre regiones indican que los poderes adjudicadores de los Estados miembros enfocan de manera diferente sus prácticas de contratación.

Asimismo, constatamos la heterogeneidad de indicadores entre sectores económicos respecto al porcentaje de contratación pública y a la evolución de los indicadores en los últimos diez años (véanse los apartados 34 y 37 a 39).

112. Analizamos también otros aspectos del rendimiento de la contratación pública en el mercado único de la UE, como las contrataciones directas transfronterizas, que representan un porcentaje limitado del 5 % de los contratos públicos. Asimismo, la falta de competencia suficiente puede repercutir en los precios de la contratación y generar costes. Puesto que la Comisión no supervisa los datos sobre precios, no está claro en qué medida la tendencia a la disminución de la competencia ha tenido ya un impacto en el coste de las obras, bienes y servicios públicos (véanse los apartados 41 a 46).

113. La reforma de las Directivas en 2014 tenía la finalidad de simplificar la contratación pública y hacerla más flexible, aumentar la transparencia de los procedimientos, garantizar el acceso para las pymes, y realizar un uso estratégico de la contratación pública para apoyar los objetivos políticos de la UE. Nuestro análisis de datos mostró que la reforma de 2014 todavía no ha dado lugar a mejoras significativas en el modo en que los poderes adjudicadores llevan a cabo su contratación pública. Con respecto a la simplificación, no constatamos una mejora significativa que aumentara el atractivo de la contratación pública. La duración media de los procedimientos de contratación pública ha aumentado en un 50 % desde 2011. Iniciativas como el documento europeo único de contratación y los formularios digitales demuestran los esfuerzos de la Comisión para simplificar la contratación pública y reducir la carga administrativa asociada, pero todavía está por demostrar su impacto. Para que estas iniciativas tengan repercusión, deben ser aplicadas de manera generalizada. Esto requiere el apoyo continuo de la Comisión (véanse los apartados 48 a 56).

114.También llegamos a la conclusión de que todavía no se han cumplido otros objetivos, pues nuestro análisis muestra que tanto los porcentajes de anuncios publicados como la participación de las pequeñas y medianas empresas en la contratación pública han seguido siendo insatisfactorias durante el período auditado. La promoción de la contratación estratégica con el objetivo de fomentar una mayor consideración de los aspectos medioambientales, sociales o innovadores ha tenido un impacto global limitado y la proporción de procedimientos que utilizan criterios de adjudicación distintos al precio es muy limitada pese a la reforma de 2014. Algunos de los objetivos de las reformas de 2014 no buscan la competencia, a veces incluso entran en conflicto con ella, y no se miden los diferentes aspectos del rendimiento de la contratación (véanse los apartados 57 a 66).

El Tribunal de Cuentas efectúa seguidamente recomendaciones cuyos títulos reproducimos:

Recomendación 1 – Aclarar y priorizar los objetivos de la contratación pública.

Recomendación 2 – Abordar las deficiencias de los datos sobre contratación pública.

Recomendación 3 – Actualizar las herramientas de la Comisión para supervisar mejor la competencia en la contratación pública.

Recomendación 4 – Analizar más a fondo las causas profundas, y presentar medidas para superar los principales obstáculos a la competencia y fomentar las buenas prácticas.

Puede accederse al texto íntegro aquí.