Se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, cuyo artículo 161 crea el Tribunal Administrativo Valenciano de Contratos Públicos. En el plazo de seis meses se desarrollará el precepto legal.
Reproducimos el artículo:
Artículo 161. Creación del Tribunal Administrativo Valenciano de Contratos Públicos
- Se crea el Tribunal Administrativo Valenciano de Contratos Públicos como órgano de carácter administrativo especializado en materia de revisión de procedimientos de contratación regulados en los artículos 44 y 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, y los artículos 119 y 120 del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes.
- Este órgano se adscribirá orgánicamente a la conselleria con competencias en materia de contratación pública.
- El ámbito subjetivo del mismo tiene el siguiente alcance:
- a. La administración de la Generalitat.
- b. El sector público instrumental de la Generalitat, en los términos definidos en el artículo 2.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
- c. Las entidades integrantes de la administración local de la Comunitat Valenciana y las entidades de su sector público vinculadas o dependientes.
- d. Las universidades públicas valencianas y las entidades de su sector público vinculadas o dependientes.
- e. Los consorcios constituidos mayoritariamente por administraciones públicas territoriales.
- La composición, organización y funcionamiento se regulará por decreto del Consell en el plazo máximo de seis meses.
Puede accederse al texto íntegro de la ley aquí.