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Acuerdo GOV/226/2023, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Código ético y de conducta en la contratación pública y se crea la Comisión de Ética en la Compra Pública
10/11/2023
Publicado en el DOGC

El día 9 de noviembre de 2023 se ha publicado en el DOGC este Acuerdo del Gobierno -cuya propuesta fue objeto del Informe 25/2023, de 29 de septiembre, del Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Pública de Cataluña, y respecto de la que ya se dio la publicidad oportuna a través de este mismo Boletín.

 

Este Acuerdo del Gobierno, por un lado, aprueba el Código ético y de conducta en la contratación pública -que se adjunta como anexo del propio Acuerdo-, y deja sin efecto el Acuerdo del Gobierno de 1 de julio de 2014, de aprobación del Código de principios y conductas recomendables en la contratación pública y el Acuerdo del Gobierno de 9 de mayo de 2017, por el que se actualiza el Código de principios y conductas recomendables en la contratación pública. En este sentido, cabe destacar que el nuevo Código ético y de conducta en la contratación pública identifica los principios, los valores éticos, las normas de conducta y las buenas prácticas que deben regir la actuación de todas las personas que participan en los procedimientos de compra pública, e incorpora a estos efectos un sistema de garantías de su cumplimiento.

 

Por otra parte, se crea la Comisión de Ética en la Compra Pública, que sustituye a la antigua Comisión de Ética en la Contratación Pública, y actualiza su composición y alguna de sus funciones -entre las que cabe destacar, entre otras muchas, las siguientes: efectuar el seguimiento de la aplicación del Código ético y de conducta en la contratación pública en la Administración de la Generalitat de Catalunya y en su sector público; proponer modificaciones del Código para adecuarlo a los nuevos requerimientos éticos y sociales; determinar si existe un conflicto de intereses durante la tramitación o ejecución de un contrato, a petición de los órganos de contratación y después de que el órgano competente en materia de supervisión de la contratación pública de la Administración de la Generalitat de Catalunya emita un informe; y actuar de oficio en caso de conocimiento de alguna situación que pueda comportar una mala praxis, conflicto de interés o cualquier comportamiento contrario a lo establecido en este Código.

 

Asimismo, este Acuerdo del Gobierno autoriza a la persona titular de la Dirección General de Contratación Pública para que, mediante una instrucción, actualice y revise el contenido del Código ético y de conducta en la contratación pública, así como sus anexos.

 

Fuente: Generalitat de Catalunya